Mediante al RG 4758 publicada el dia de hoy en Boletin Oficial, la AFIP dispuso que el saldo de las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias y sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2019 podrá regularizarse por medio del mini plan, hasta el 31/8/2020, sin importar la categoría de SIPER en la cual se encuentre caracterizado el contribuyente.
Es decir que, los contribuyentes podrán abonar dicho saldo en hasta 3 cuotas y un pago a cuenta del 25%.
Se hace extensivo ademas el mencionado plan a las personas jurídicas, contribuyentes del impuesto a las ganancias, quienes también podrán acceder al mini plan hasta el 31/8/2020.