Se actualizaron los importes de las operaciones a partir de las cuales los contribuyentes se encuentren obligados a identificar los datos del consumidor final en las operaciones de venta, a saber: – Cuando el importe de la operación sea igual o superior a $ 17.472 y sea cancelada a través de medios electrónicos, o – Cuando la operación sea por un importe superior a $8.736 y no se cancele con medios electrónicos de pago autorizados. Los nuevos valores resultan de la actualización semestral en base al IPC del periodo enero-junio 2020. |