Por medio del DR. 961/2020 publicado en el Boletín Oficial el día 30 de Noviembre del 2020, se amplía hasta el 25 de enero de 2021 la emergencia pública en materia ocupacional declarada por el Decreto 34/19 y ampliada por el Decreto 528/20. En caso de despido sin justa causa durante dicho período, el trabajador tendrá derecho a percibir el doble de la indemnización de todos los rubros originados con motivo de la extinción incausada del contrato de trabajo.
El presente decreto no será aplicable a las contrataciones celebradas con posterioridad a la entrada en vigencia del Decreto N° 34/19 (13/12/2019) ni al Sector Público Nacional definido en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 y sus modificatorias.