En relación a la RG (AFIP) 4180-E publicada en 01/2018, la cual prevee en su art. 2do. la actualización anual de los aportes y contribuciones a la Seguridad Social que deberán ingresar los empleadores del personal de casas particulares de forma mensual, la AFIP dio a conocer los nuevos montos a abonar con vigencia a partir de Enero 2020, pagadero en el mes de Febrero 2020.
Asimismo, les recordamos que mediante la RC – SRT 1/2019 publicada en 05/2019, se dispuso que para el cálculo de la cuota mensual de ART, se aplicará el 2.93% sobre el salario mensual para la quinta categoría, adecuando su importe según las horas trabajadas semanalmente y en función a los coeficientes determinados en dicha normativa. Dado que a la fecha las partes representativas del Personal de Casas Particulares no han arribado a un nuevo acuerdo salarial, el importe de la cuota de ART no se ha visto modificada.