Las partes representativas de la actividad regulada por el CCT 108/75 han arribado a un Nuevo Acuerdo Salarial con vigencia desde el 1 de Julio del 2019 hasta el 30 de Junio del 2020, el cual, a la fecha se encuentra pendiente de homologación.
En el mismo se establece un aumento total del 32% calculado sobre los básicos vigentes al mes de Junio 2019, a abonar en seis tramos, a saber:
Julio/19: 10%
Agosto/19: 7%
Octubre/19: 5%
Noviembre/19: 5%
Diciembre/19: 3%
Febrero/20: 2%
La diferencia entre los salarios básico vigentes en Junio 2019 y los acordados en el presente acuerdo, así como los valores resultantes de la incidencia de las nuevas remuneraciones sobre los adicionales legales y convencionales, fueron acordados como una “gratificación extraordinaria no remunerativa”, con excepción de los aportes a cargo del trabajador, y las contribuciones patronales al Sistema Nacional de Obras Sociales. Los incrementos tendrán naturaleza remunerativa a partir del 01/07/2020.
Las partes acuerdan reunirse en el mes de Febrero de 2020 a revisar las escalas acordadas teniendo en cuenta para ello la relación entre los porcentajes de aumento de los salarios aquí acordados y el aumento del Índice de Precios al Consumidor nivel general nacional.
Adicionalmente, se fijó para el día de la sanidad, el 21 de Septiembre, un pago por única vez de $1928 para todos los trabajadores, el cual deberá abonarse antes del día 20 de dicho mes.
El Seguro de Fidelidad aumentará a $ 6.001,16 en Julio/19, $ 6.383,05 en Agosto/19, $ 6.655,83 en Octubre/19, $ 6.928,61 en Noviembre/19, $ 7.092,28 en Diciembre/19 y $ 7.201,39 en Febrero/20; y el Beneficio Social de Sala Maternal establecido en el Art. 33 del convenio se actualizará a $ 7.761,67 partir Julio/19, $ 8.255,60 a partir de Agosto/19, $ 8.608,40 en Octubre, $ 8.961,20 en Noviembre/19, $ 9.172,88 en Diciembre/19 y $ 9.314,01 en Febrero/20.
Por último, se acordó una contribución extraordinaria de $ 2.348 por cada trabajador a favor de FATSA, la cual se abonará en 10 cuotas mensuales iguales de $ 234,80 a partir de Julio de 2019, con excepción de los meses diciembre/19 y Junio/20.