Con el objetivo de continuar implementando medidas dirigidas a conservar los ingresos de los trabajadores y su empleo, el gobierno nacional por medio del Decreto 487/2020 resolvió prorrogar la prohibición de efectuar despidos sin justa causa, y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor, por el plazo de 60 días a partir del 30/05/2020.
La prohibición de despidos fue decretada inicialmente el 31 de marzo último, por medio del DNU 329/2020 también por 60 días, y con esta nueva medida se extiende por 60 días más, es decir, hasta el 29 de Julio 2020 inclusive.
La medida publicada incluye la prohibición de efectuar suspensiones con las mismas causales, quedando exceptuadas aquellas que se efectúen en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), es decir, las pactadas individual o colectivamente y homologadas por la autoridad de aplicación.
Aquellos despidos o suspensiones que se dispongan en violación a lo dispuesto por este decreto no producirán efecto alguno, y se mantendrán vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales.